Con el voto de Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Mónica Soto y Felipe de la Mata, el TEPJF determinó que el INE no tuvo exhaustividad y no demostró por qué los hallazgos encontrados le generaban una ventaja a Morena.
Ciudad de México, 27 de junio (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este jueves que Morena evite el pago de una multa de 21.9 millones de pesos por no haber reportado como gastos de precampaña de cuatro mil 249 bardas y espectaculares con la leyenda “#EsClaudia” que había sido impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE). El Órgano electoral ahora deberá emitir una nueva determinación e individualización de la sanción.
Con el voto de tres magistrados, la Sala Superior rechazó el proyecto de la Magistrada Janine Otálora Malassis, el cual buscaba ratificar las multas que el Consejo General del INE aplicó a Morena. Dicho documento señalaba la presunta omisión de reportar gastos asociados a propaganda localizada en la vía pública.
— JusticiaTV (@JusticiaTV_MX) June 27, 2024
De acuerdo al proyecto original, dicha propaganda operó un beneficio a la entonces precandidata única de Morena, Claudia Sheinbaum, pues argumentó que incluso el propio partido realizó pintas similares que sí reportó como gasto de precampaña. En total, el análisis cuatro mil 249 hallazgos de propaganda a favor de Sheinbaum en espacios públicos.
Con el voto de Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Mónica Soto y Felipe de la Mata, y la ausencia de Reyes Rodríguez Mondragón, el Tribunal determinó que el INE no tuvo exhaustividad ni demostró por qué los hallazgos encontrados representaron una ventaja para Morena.
En diciembre de 2022, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a la ahora virtual Presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, y quien entonces todavía era Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, que solicitara a sus simpatizantes a abstenerse de difundir propaganda y de realizar conductas que buscaran influir en el proceso electoral 2023-2024, como la pinta de paredes, lonas y publicidad en redes sociales, pues en ese entonces en el país aparecieron cientos de bardas con el mensaje #EsClaudia, sin que se pudiera identificar quiénes las habían pagado.
La Comisión consideró en ese proyecto que en el caso de pintas de bardas y publicidad en redes sociales existió“una estrategia de publicidad atípica”, pues se trató de “propaganda con características y particularidades que denotan identidad en su contenido, en la que se busca posicionar la idea de continuidad” asociada a la entonces Jefa de Gobierno para el siguiente periodo electoral presidencial.
De acuerdo con el catálogo de conductas sancionadas por el INE, el 69 por ciento de las multas impuestas a los partidos políticos en los primeros meses del año y durante las campañas electorales corresponde a gastos realizados por los partidos políticos que no fueron notificados a la autoridad electoral, mientras que la segunda sanción más recurrente, con un porcentaje del 12 por ciento, es por no comprobar los gastos por propaganda contratada en internet, con o sin intermediarios.